Sin transparencia económica no hay autoridad moral.

Estamos trabajando en la obtención de la cuenta bancaria, sellos y herramientas que nos hagan merecedores de su confianza

No obstante, como comprobará en los estatutos las líneas de actuación están bien delimitadas.

EN LOS ESTATUTOS

CAPITULO QUINTO. RÉGIMEN ECONÓMICO Y PATRIMONIAL.

Artículo 5.1. Patrimonio.

El partido carece de patrimonio fundacional. En el futuro su patrimonio estará constituido por los bienes y derechos de toda clase que pudiera adquirir conforme a las Leyes. Si bien, el Partido no acepta la subvención estatal a partidos políticos en la actual coyuntura del país, si se reciviese conforme a ley alguna cuantía en este sentido, se ingresará en el Tesoro Público para el pago de la Deuda Española.

 

Artículo 5.2. Recursos económicos.

a) Las cuotas y aportaciones de sus afiliados y simpatizantes.

b) Los productos de las actividades propias del partido político y los rendimientos procedentes de la gestión de su propio patrimonio, los beneficios procedentes de sus actividades promocionales, y los que puedan obtenerse de los servicios que puedan prestar en relación con sus fines específicos.

c) Las herencias o legados y las donaciones en dinero o en especie, que perciban en los términos y condiciones previstos en la legislación vigente.

 

Código cuenta: IBAN ESXX  XXXX  XXXX  XX  XXXXXXXXXX

Domicilio Oficina: c/                                28XXX  MADRID           

 

d) El Partido no podrá pedir préstamos o créditos a entidades o personas externas al propio partido y estos prestamos o créditos internos entre afiliados y el Partido deberan ser a interés cero y quedar debidamente registrados.

 

Artículo 5.3. Procedimiento de rendición de cuentas. Administración, fiscalización y control.

La aprobación del Presupuesto anual y rendición de cuentas será ante la Asamblea General. El Tesorero confeccionará los Presupuestos anuales del partido que deberán ser aprobados por el Comité Ejecutivo. El Comité Ejecutivo someterá a la aprobación de la Asamblea General el Informe sobre el estado de cuentas del partido.

Será obligatorio auditar anualmente las cuentas del partido con una firma auditora y siempre antes de la aprobación de las mismas por la Asamblea General.

Se deberá prever un sistema de control interno que garantice la adecuada intervención, contabilizadora de todos los actos y documentos de los que se deriven derechos y obligaciones de contenido económico, conforme a sus estatutos.

 

Artículo 5.4. Régimen documental. Obligaciones contables.

El partido llevará, además del Libro de Afiliados, los Libros de Actas, de Contabilidad, de Tesorería, y de Inventarios y Balances, y que permitan en todo momento conocer su situación financiera y legal.

 

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